Acceso de migrantes y refugiados a los servicios sociales básicos
Seguir garantizando los derechos de los migrantes, refugiados y solicitantes de asilo, manteniendo los esfuerzos para eliminar las barreras estructurales que les impiden acceder a los servicios sociales básicos
Valoración del cumplimiento
Esta recomendación forma parte del catálogo público. Blue Human todavía no ha emitido una conclusión sobre su cumplimiento.
No aplicable
Pendiente
HRCT v1.0
Texto oficial de Naciones Unidas
Seguir garantizando los derechos de los migrantes, refugiados y solicitantes de asilo, manteniendo los esfuerzos para eliminar las barreras estructurales que les impiden acceder a los servicios sociales básicos (Filipinas);
Dimensiones de seguridad humana1
HRCT clasifica cada recomendación según las siete dimensiones de la seguridad humana del PNUD y una octava, la seguridad tecnológica, añadida por Blue Human. Una dimensión solo se asigna cuando la medida que se pide responde a una amenaza propia de ella; se añade otra únicamente si el texto nombra una amenaza distinta. Los criterios están en la metodología.
Seguridad económica
El acceso a los servicios sociales básicos cubre necesidades esenciales de quienes carecen de otros medios.
Datos de la ficha y fuente oficial
50.311
Aceptada
Examen Periódico Universal
0
25 oct 2026
4 oct 2026
Fuente oficial
Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal — España
A/HRC/60/8Abrir fuente de la ONUObjetivos de Desarrollo Sostenible y metas
Cumplir esta recomendación contribuye a estos 2 objetivos de la Agenda 2030.
Fin de la pobreza
Eliminar las barreras de acceso a los servicios sociales básicos.
Meta 1.4
De aquí a 2030, garantizar que todos los hombres y mujeres, en particular los pobres y los vulnerables, tengan los mismos derechos a los recursos económicos y acceso a los servicios básicos, la propiedad y el control de la tierra y otros bienes, la herencia, los recursos naturales, las nuevas tecnologías apropiadas y los servicios financieros, incluida la microfinanciación
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Reducción de las desigualdades
Proteger los derechos de las personas migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo forma parte de una migración segura y bien gestionada.
Meta 10.7
Facilitar la migración y la movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas
44 recomendaciones más contribuyen a esta meta
Fuentes y seguimiento
Evidencias utilizadas en la valoración, actualidad relacionada e historial de cambios.
Evidencias consideradas0
Todavía no se ha incorporado ninguna evidencia de cumplimiento a esta ficha.
Actualidad y contexto3
Por qué sigue siendo pertinente
Contexto público sobre la necesidad a la que responde la recomendación. No determina su cumplimiento.
Todavía no se ha identificado contexto público para esta recomendación.
Posibles avances en el cumplimiento
Actuaciones y noticias en estudio, separadas de las evidencias consideradas.
Resolución de 23 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, por el que se canaliza una subvención de concesión directa destinada a la realización de programas y actividades en materia de asistencia social para el ejercicio 2026.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado · 6 oct 2026Norma publicada en el Boletín Oficial del Estado y relacionada con esta recomendación. Debe revisarse antes de considerarla evidencia de cumplimiento.
Resolución de 24 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, por el que se canaliza una subvención de concesión directa destinada a la realización de programas y actividades en materia de asistencia social para el ejercicio 2026.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado · 5 oct 2026Norma publicada en el Boletín Oficial del Estado y relacionada con esta recomendación. Debe revisarse antes de considerarla evidencia de cumplimiento.
Resolución de 28 de septiembre de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 10 de junio de 2026, conjunta de la Intervención General de la Seguridad Social, la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, el Instituto Social de la Marina, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y el Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social, por la que se regula el procedimiento para la tramitación de expedientes de extinción de créditos y derechos y de obligaciones de la Seguridad Social y las actuaciones contables para su baja en contabilidad.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado · 29 sept 2026Norma publicada en el Boletín Oficial del Estado y relacionada con esta recomendación. Debe revisarse antes de considerarla evidencia de cumplimiento.
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